Opinión de
EStudio Juridico Acuña y Asociados
en 08/09/2011
Guayaquil, 3 de Septiembre del 2011
Señor(a)
Jose Antonio Yela Kure
Ciudad
Respecto a la deuda que mantiene con el BANCO DEL PACIFICO debo comunicar a usted que debido al prolongado tiempo de vencimiento y a la ninguna atención prestada a los continuos requerimientos de pago, ésta se exigirá judicialmente a menos que concrete el inmediato pago de la misma.
En caso de no cumplir con la cancelación de su obligación entenderemos que esta invitación a sido rechazada, lo cual nos deja en libertad de proceder inmediatamente con las acciones civiles, admitiéndose para el efecto la declaratoria del plazo vencido de su deuda y exigir el pago anticipado de todo el capital e interés moratorios.
Desde ya deslindamos nuestra responsabilidad respecto al considerable incremento que deberá asumir por concepto de honorarios profesionales (ABOGADOS), tasas judiciales y costas procesales al momento de realizar las medidas cautelares que ordene la Autoridad Competente, sean éstas: ORDEN DE SECUESTRO DE BIENES MUEBLES, PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, Y/O EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.
Atte.
Estudio Juridico
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